Resumen de puntos principales de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética:
En el siguiente enlace se puede acceder a la ley completa, así como al borrador de la Ley Valenciana de desarrollo, que aún se encuentra en tramitación; en los siguientes párrafos hacemos un resumen de los puntos principales.
Objetivo de la Ley: asegurar el cumplimiento de los acuerdos de la COP 21 de París (2015)
Puntos principales:
Reducción de emisiones:
2030: 23% menos que en 1990
2050: neutralidad climática => emisiones CERO
Energía:
2030: 42% de renovables en el consumo final de energía (ahora = 20%)
2030: 74% de electricidad de origen renovable (ahora = 40%) y 2050: 100% de electricidad renovable.
Eficiencia energética:
2030: disminución del consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5%.
Obligaciones:
Las grandes empresas, las entidades financieras y las aseguradoras deberán elaborar anualmente informes sobre los riesgos para su actividad derivados de la transición hacia una economía sostenible y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos.
Además, las grandes empresas (el Gobierno deberá definir en un plazo de un año qué considera como tales) deberán realizar un cálculo de las emisiones que genera su actividad y tendrán que elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones con objetivos para los siguientes cinco años.
Estas obligaciones se especificarán reglamentariamente a través de la modificación del Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2.
Movilidad:
En 2040 no se podrán vender turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos que emitan CO2.
Antes de 2023, todos los municipios de más de 50.000 habitantes deberán adoptar planes de movilidad sostenible que incluyan zonas de bajas emisiones (como Madrid y Barcelona)
Los municipios de más de 20.000 habitantes también deberán aprobar zonas de bajas emisiones si la calidad de su aire no es buena.
Será obligatoria la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en gasolineras cuyas ventas sean superiores a determinadas cantidades, también en edificios de nueva construcción y en reformas de edificios existentes. A partir de 2023, todos los edificios que no estén destinados a uso residencial y con más de 20 plazas de aparcamiento (empresas, por ejemplo) deberán contar con infraestructuras de recarga.
Se establecerán medidas para la reducción de las emisiones generadas por el consumo de combustibles fósiles en el transporte marítimo y en los puertos, de forma que los puertos de competencia del Estado en 2050 generen cero emisiones directas.
Se elaborará una ley de movilidad sostenible y financiación del transporte público, que contemplará objetivos de penetración del ferrocarril en el transporte de mercancías en distancias superiores a los 300 kilómetros.
Energía:
Las Administraciones tendrán que aprobar incentivos para la “introducción de las energías renovables” para impulsar el autoconsumo, así como la calefacción y refrigeración de cero emisiones. Para favorecer la flexibilidad se impulsará la hibridación (incorporación de distintas tecnologías de generación en una misma instalación)
Contratación pública:
Se prevé la inclusión, en los pliegos de contratación, de criterios de adjudicación vinculados con la lucha contra el cambio climático, primando aquellas licitaciones o contratos que lleven aparejadas medidas de eficiencia energética y/o generen bajas emisiones.
Incluso, en contratos públicos que tengan por objeto la adquisición de alimentos, celebrados por la Administración General del Estado (o por organismos y entidades dependientes o vinculados a la misma), se podrán establecer condiciones especiales que primen los alimentos frescos o de temporada, y con un ciclo corto de distribución: el primer paso en la huella de productos.
Si quieres cumplir la Ley y hacer el cálculo de tu Huella de CO2, pídenos información:
Llámanos:
Escríbenos:
